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    Resumen de Caso: Tutela para Suministro de Medicamento Biotecnológico Actor: Juan Pérez (62 años) Accionado: EPS "Salud Total" Derechos Invocados: Vida, Salud, Dignidad Humana e Integridad Física. 1. Antecedentes y Hechos El señor Juan Pérez padece de Artritis Reumatoide Severa, condición que le impide realizar actividades básicas y le genera dolores crónicos incapacitantes. Su médico tratante, adscrito a la red de la EPS, le prescribió el medicamento Adalimumab (40 mg) para evitar el avance de la deformidad articular. Al solicitar el medicamento, la EPS negó el suministro bajo el argumento de que el fármaco se encuentra "fuera del presupuesto máximo" asignado por el gobierno y que el paciente debía agotar primero otras alternativas terapéuticas menos costosas, a pesar de que estas ya habían fallado previamente. 2. Pretensiones de la Demanda • Se ordene a la EPS la entrega inmediata del medicamento prescrito por el médico. • Se declare la Carencia de Objeto Actuado en caso de que lo entreguen durante el proceso, pero se garantice la continuidad. • Se ordene el Tratamiento Integral, para que todos los insumos, citas y exámenes derivados de su artritis sean entregados sin nuevas autorizaciones o trabas. 3. Respuesta de la Entidad (EPS) La EPS solicitó al juez declarar la improcedencia de la tutela, argumentando que no existe un "peligro inminente de muerte" y que el paciente puede seguir esperando el trámite administrativo regular de recobro ante el Estado. 4. Consideraciones del Juez El despacho judicial recordó que: • La salud es un derecho fundamental autónomo. • El concepto del médico tratante prevalece sobre criterios administrativos o financieros de la EPS. • No se puede trasladar al usuario la carga administrativa de los recobros entre la EPS y el fondo de salud. 5. Sentencia (Fallo) PRIMERO: Tutelar los derechos fundamentales a la salud y vida digna del señor Juan Pérez. SEGUNDO: Ordenar a la EPS que, en un término de 48 horas, proceda a entregar el medicamento Adalimumab y garantice su suministro mensual sin interrupciones. TERCERO: Prevenir a la EPS de que el incumplimiento de esta orden dará lugar a sanciones por desacato.

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  • Arreglo basuras y sanidad Bogotá D.C.

    Con esta acción de cumplimiento, se busca lograr que las autoridades públicas y/o privadas que ejercen funciones públicas, se organicen en horarios y se haga una estrategia logística de limpieza permanente de la ciudad en coordinación con una ciudadanía activa y crítica.

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